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#OpiniónEnSerio 29-Oct-19 “#AdiósAlFuero en camino, con todo #4T contra consumo de drogas, #4T como gran buque”

¡¿50% de financiamiento público a partidos políticos?!, ¿y el privado?

https://www.youtube.com/watch?v=elXM0mfi3HE

¡¿Era viable creer que el neoliberalismo llegariá a nuestros bolsillos?!

https://www.youtube.com/watch?v=gvInBP1ZpZ4

¡#4T con todo para concientizar y orientar a jóvenes sobre las drogas!

https://www.youtube.com/watch?v=fltzHhEoFwg

Transporte y Seguridad de Periodistas, responsabilidad de sus empresas

La Prensa en México se quedó muy mal acostumbrada al CHAYOTE y atenciones que les brindaban los anteriores gobiernos del PRIANATO.

Si bien es cierto que el gobierno debe garantizar el acceso a la información a TODOS LOS CIUDADANOS (No solo a la Prensa) También es cierto que no está obligado DE NINGUNA MANERA a mantener los gastos de la prensa cuando éstos deciden seguir al Presidente, sobre todo porque ¿De quien creen que es el dinero que se utilizaba para pagar esos gastos? PUES DE NOSOTROS, DE NUESTROS IMPUESTOS!!

 

Detienen en Gran Bretaña a Karime Macías esposa de Javier Duarte

Karime Macías, esposa del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, fue detenida en Gran Bretaña a petición del gobierno mexicano, para que responda aquí por diversos delitos que se le imputan,  su detención es con fines de extradición hacia México.

El gobierno de Veracruz denunció el año pasado que Macías vivía en un exclusivo barrio de la capital británica y la acusó del desvío de 5.7 millones de dólares cuando era primera dama en la entidad. La esposa del mandatario contaba con una orden de aprehensión con fines de extradición.

La esposa de Duarte de Ochoa vivía en ese país con sus hijos.

En abril pasado, un juez federal libró una orden de aprehensión en contra de Mónica Ghihan Macías Tubilla, cuñada del ex gobernador de Veracruz y hermana de Karime.

No hay sindicatos de Estado; Reforma laboral va: López Obrador

El presidente Andrés Manuel López Obrador afirmó que si bien hay sindicatos y líderes gremiales que se oponen a la reforma laboral, hay otros que la impulsan y están a favor de ella, por lo que esta norma “va hacia adelante”.

“No son todos, la mayoría está aceptando que son otros tiempos y tiene que haber libertad y democracia sindical, y nosotros no vamos a solapar a líderes antidemocráticos”, expresó en conferencia de prensa donde se le preguntó su opinión sobre los amparos presentados contra la citada reforma.

Indicó que tanto los líderes sindicales como los ciudadanos están en su derecho de presentar amparos, aunque consideró que en el caso de los referentes a la reforma laboral se deben a que hay muchas inconformidades porque es una nueva etapa donde no se permite el “charrismo sindical”.

Ante ello, el jefe del Ejecutivo federal sostuvo que se debe aceptar que son nuevos tiempos y que “no puede haber sindicatos blancos no puede imponerse a gente” al frente de las organizaciones sindicales.

En ese sentido López Obrador enfatizó que “no hay sindicatos de Estado, el gobierno no tiene dirigentes predilectos, tiene que haber libertad y democracia sindical, voto libre de los trabajadores”.

“Estamos en el terreno de lo inédito, estamos empezando una etapa nueva por eso las resistencias, imagínense había sindicatos como el petrolero, donde los trabajadores votaban mostrando su credencial, no había voto secreto y en otros sindicatos ni siquiera elecciones”, comentó.

Al referir que los amparos que han presentados se están resolviendo en el Poder Judicial conforme a la ley, dijo que “estamos empezando y es natural que haya amparos”, pero enfatizó que “nosotros no vamos a solapar a líderes antidemocráticos”.

-Fin de nota-

#OpiniónEnSerio ¡#EnVivo: ¡El neoliberalismo se puede acabar como se impuso!

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Temas: 1.- De risa, PAN ofrece ayuda a AMLO para evitar mayor caos en México! 2.- ¡Así como se impuso, se puede cambiar el modelo económico!. 3.- ¡Deschamps no huyó y el jefe Diego no pagará ni diezmo de su deuda! Apóyame para que sigan los programas #GerardoHuvaOpina por: Paypal en el link https://paypal.me/tvdelbote Depósito en OXXO a la tarjeta 4766 8408 3521 4599 Transferencia bancaria: 021180062786389885 Cuenta HSBC 6278638988 a nombre de Francisco Notas e imágenes de los medios libres https://revoluciontrespuntocero.mx y https://desinformemonos.org www.pexels.com #OpiniónEnSerio en podcast MP3: http://ow.ly/Xmb130891KP Visita y comparte http://opinionenserio.com #OpiniónEnSerio en twitter: http://twitter.com/elbote #OpiniónEnSerio en Facebook: http://facebook.com/ElTiraderoDelBote #OpiniónEnSerio con Gerardo De La Huerta EN VIVO Lunes a Viernes 8:30 PM en http://ow.ly/10ioLe

Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) aprobó los Planes de Exploración de las asignaciones Cuichapa y Chalabil

Con estas aprobaciones, ya suman 5 los proyectos incluidas las asignaciones Uchukil, Uchukil y Llave autorizados a Pemex para actividades exploratorias en el periodo 2020-2023, de un total de 64 que serán evaluados.

De acuerdo con la información presentada en los 5 Planes aprobados, se estiman inversiones y gastos operativos totales del orden de 356 millones de dólares, correspondientes al escenario base y por 532 millones, correspondientes al escenario incremental, para un total de 888 millones de dólares.

Las inversiones que integran los Planes consideran, entre otras tareas, la perforación de 27 prospectos exploratorios: 8 en el escenario base y 19 adicionales en el escenario incremental.

La incorporación estimada de recursos prospectivos en los 5 Planes de Exploración es de 445 millones de barriles de petróleo crudo equivalente en el escenario base y 796 millones de barriles adicionales para el escenario incremental, para un total de mil 241 millones de barriles de petróleo crudo equivalente.

Considerando la probabilidad de éxito geológico de los prospectos exploratorios, se estima incorporar un volumen de 375 millones de barriles de petróleo crudo equivalente como posible recurso a incorporar, sumando ambos escenarios.

Con información de: La Jornada

Entra en vigor la norma que obliga a las empresas a cuidar tu estrés

Después de un año de que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Norma Oficial Mexicana (NOM)-035-STPS-2018 entró en vigor el miércoles.

Esta NOM involucra a empresas de todos tamaños, desde las micro hasta las grandes, y a los empleados, con el fin de combatir las causas del estrés laboral desde la raíz y promover un ambiente de trabajo saludable.

¿De qué va la NOM-035? ¿A quiénes aplica? ¿Qué tipo de sanciones implica? Acá te dejamos una guía al respecto.

De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF), es una norma que busca “establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo”.

Para entender lo anterior, es necesario definir el concepto de ‘factores de riesgo psicosociales’.

La NOM-035 los describe como las circunstancias que, por el trabajo desarrollado, la jornada laboral o por presenciar acontecimientos traumáticos (como la muerte de una persona), pueden provocar trastornos de ansiedad, problemas para conciliar el sueño, estrés grave y dificultades para adaptarse.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) menciona en un documento que algunos ejemplos de factores de riesgo psicosociales son la inestabilidad laboral, la falta de motivación en el trabajo, presión desmedida contra el trabajador, el mal diseño de las jornadas de empleo, entre otros.

Otro de los conceptos clave de la NOM-035 es el de ‘entorno organizacional favorable’.

La norma explica que esto significa que las empresas deben promover un ambiente laboral ‘saludable’. ¿Cómo? Al fomentar equipos de trabajo bien armonizados; llevar a cabo capacitaciones en las empresas; distribuir de manera proporcionada la carga laboral; impulsar la comunicación entre empleados, y evaluar y reconocer el desempeño de los trabajadores.

El foco principal son los centros de trabajo y los empleados que ahí laboran.

Las compañías, sin importar que estén constituidas apenas por un trabajador, se rigen por esta nueva norma.

La NOM-035, no obstante, establece obligaciones diferentes según el tamaño de la compañía. Se dividen de la siguiente forma:

-Centros de trabajo de hasta 15 trabajadores.

-Entre 16 y 50 trabajadores.

-Más de 50 trabajadores.

PARA EMPRESAS

A) De acuerdo con la firma Galicia Abogados, las siguientes son obligaciones para todas las empresas, sin importar el número de empleados que tenga:

-Implementar una política de prevención de riesgos psicosociales.

-Identificar a los trabajadores que hayan presenciado acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo, y canalizarlos para su atención médica.

-Realizar actividades de difusión y prevención en la empresa.

B) Las siguientes son las obligaciones para las compañías con más de 15 y hasta 50 trabajadores, y entran en vigor el 23 de octubre de 2020:

-Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial de la empresa. Esto deberá realizarse cada dos años.

-Adoptar medidas para prevenir y controlar factores de riesgo psicosocial.

-Promover el entorno organizacional favorable, y llevar a cabo medidas que sean contrarias al mismo o que fomenten actos de violencia laboral.

-Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral o a los factores de riesgo psicosocial. Esto se debe realizar únicamente si existen signos o síntomas que denoten alteración a la salud, existan quejas de violencia laboral, o sean el resultado de la identificación y análisis de factores de riesgos psicosocial.

-Llevar el registro de los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial.

c) Obligaciones para centros de trabajo con más de 50 trabajadores:

-Registrar por escrito la evaluación del entorno favorable de la organización. Esta valoración deberá contener los siguientes puntos:

1. El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa.

2. La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas.

3. La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores.

4. La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores.

5. La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares.

6. La evaluación y el reconocimiento del desempeño de los trabajadores.

Los anteriores puntos son detallados con mayor detenimiento en el punto 5 de la NOM-035, que lleva por nombre ‘Obligaciones del patrón’.

PARA TRABAJADORES

a) El punto 6 de la NOM-035 detalla que los empleados deben observar las medidas de prevención de la norma y las que detalle la empresa, las cuales estarán enfocadas en el control de los factores de riesgo psicosocial; en la colaboración para contar con un entorno organizacional favorable; y en la precaución actos de violencia laboral.

b) Los trabajadores deben abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno favorable de la empresa y se prohíben los actos de violencia laboral.

c) Además, los empleados participarán en la identificación de los factores de riesgo psicosocial y, en su caso, en la evaluación del entorno organizacional.

d) Parte importante de las obligaciones de los trabajadores es que deben denunciar actos de violencia laboral ante el patrón o la comisión de seguridad e higiene (de la cual se dan detalles en la NOM- 019-STPS-2011).

e) La NOM-035 detalla que el trabajador debe “informar por escrito al patrón directamente, a través de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo o de la comisión de seguridad e higiene; haber presenciado o sufrido un acontecimiento traumático severo”.

¿Qué debe llevar este escrito? Fecha de elaboración del texto; el nombre del trabajador que elabora el documento; de ser necesario, el nombre de los trabajadores involucrados en el hecho; la fecha de ocurrencia; y la descripción de los acontecimientos.

f) Participar en eventos de información que organice la empresa.

g) Someterse a evaluaciones médicas y exámenes psicológicos.

Si consideras que una empresa no está cumpliendo con las obligaciones establecidas por la NOM, puedes acudir a instancias legales para denunciar estas faltas a la norma.

Gloria Arellano Bernal, socia fundadora de la firma Sánchez, Arellano Abogados, dijo en entrevista con El Financiero que el trabajador tiene tres opciones para presentar una queja.

“Presentar una queja ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo; presentar una denuncia ante la Dirección General de Inspección del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); y, en última instancia, presentar una demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje”, comentó Arellano Bernal.

La vigilancia de esta norma, según lo publicado el 23 de octubre de 2018 en el DOF, corresponde completamente a la STPS.

La socia fundadora de la firma Sánchez, Arellano Abogados señaló que las empresas que incumplan las obligaciones de la NOM-035 recibirán sanciones administrativas.

“Las empresas que incumplan (la norma) se podrán hacer acreedoras a una sanción por el equivalente de 50 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por cada obligación incumplida“, comentó Arellano Bernal.

El Inegi establece que una UMA tiene valor de 84.49 pesos. Por tanto, las multas oscilan entre los 4 mil 224.50 pesos y los 422 mil 450 pesos.

Sin embargo, las sanciones podrían subir, ya que pueden ser acumulables por cada uno de los trabajadores afectados.

“Inclusive, procederá la imposición de las multas por cada uno de los trabajadores afectados, cuando como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones patronales se cause al trabajador un daño personal, real, cierto y evaluable en dinero”, agregó la socia fundadora de Sánchez, Arellano Abogados.

#OpiniónEnSerio ¡#EnVivo!: ¡La principal lección de AMLO que no aprende Monreal! 25-Oct-19

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Niegan suspensión definitiva a Romero Deschamps contra bloqueo de cuentas

El pasado 15 de octubre, la defensa del ex líder petrolero presentó un amparo cuyo argumento fue de que sus cuentas
fueron bloqueadas un día antes por la Secretaría de Hacienda, lo que fue desmentido por la dependencia

El titular del Juzgado Décimo de Distrito en materia Administrativa, Francisco Gorka Migoni, determinó no concederle la protección de la justicia federal con base en el juicio de amparo radicado en el expediente 1452/2019.

El juez federal negó la suspensión definitiva a Carlos Romero Deschamps, contra el bloqueo de sus cuentas bancarias por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Sin embargo, existen carpetas de investigación contra el ex líder sindical en la Fiscalía General de la República (FGR).

Respecto a los amparos que promovieron Paulina y Alejandro Romero Durán, hijos del ex legislador, los jueces todavía no resuelven si los admiten a trámite, ya que no precisaron los actos reclamados.

La titular del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en materia Administrativa, Ana Luisa Hortensia Priego Enriquez, dio un plazo de cinco días a Paulina para que informe en qué instituciones bancarias se encuentran abiertas las cuentas de depósito.

Indicó que si bien hace alusión al bloqueo de las cuentas bancarias en instituciones que integran el sistema bancario mexicano, no precisa datos de identificación de las mismas ni tampoco el domicilio de las sucursales, por lo que genera incertidumbre.

Suprema Corte de Justicia de la Nación no atraerá amparos contra Santa Lucía

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no atraer un paquete de amparos en contra de la construcción del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles promovidos por el colectivo No Más Derroches.

La solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 654/2019 fue negada en un acuerdo firmado por el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.

La notificación se publicó en la página web de la SCJN a través de una notificación que anuncia que quienes presentaron la queja carecen de legitimación para solicitar la facultad de atracción.

Ante esto, los amparos 400/2019, 412/2019 y 433/2019 interpuestos en contra de la construcción del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, en la Base Aérea Militar No. 1 de Santa Lucía, Estado de Méxicono fueron atendidos por la Corte debido a que el grupo no está legitimado para hacer la petición y la medida fue interpuesta en espera de que algún ministro la tomara como propia.

Los juicios continuarán a trámite en el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, con sede en la Ciudad de México, donde actualmente se encuentran.

El 10 de octubre el Magistrado del Primer Circuito en la Ciudad de México encargado de revisar las suspensiones contra el aeropuerto de Santa Lucía fue suspendido por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) de manera indefinida por estar ligado a presuntos actos de corrupción, informó el Ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar.

Con información de: Sin Embargo