El heroico cuerpo de bomberos de la Ciudad de México, es una institución creada para servir a la ciudadanía, ellos, los bomberos arriesgan la vida por nosotros, su alto sentido del deber los lleva más allá del sacrificio y hoy su institución está siendo destruida por Ismael Figueroa Flores, Secretario General del Sindicato, y quien evita que los bomberos reciban uniforme y equipo adecuados, no existen ascensos por méritos laborales, sino que es por decisión de este Sr. Figueroa, quien además con toda impunidad despide a quienes denuncian las corruptelas al interior del heroico cuerpo de bomberos, así como en el interior del sindicato; también existe denuncia por acoso sexual.
Otra chulada de este Sr. Figueroa es que niega a los trabajadores sus derechos laborales como es el estímulo por puntualidad.
Por otra parte existen varias demandas ganadas en contra de este Ismael Figueroa Flores y que menciono a continuación:
Entre otros delitos y como es del conocimiento público este señor Figueroa obligó por medio de amenazas a los bomberos en servicio y uniformados para que recabaran entre 50, 100 y 150 firmas con el fin de buscar una curul en el constituyente, también utilizó las instalaciones para este fin.
Recabó dinero mediante la venta de calendarios (aproximadamente 65 mil) de los cuales obligó a cada bombero a comprar 5 calendarios con un valor de 250 pesos cada uno, esto supuestamente con la promesa incumplida de construir centros de acondicionamiento físico en cada estación.
Ismael Figueroa flores también cuenta con golpeadores para tener a los vulcanos amenazados, de hecho se consumó una golpiza a 65 bomberos en la estación de la central de abastos.
Ismael Figueroa también se dedica a la venta de plazas, lo que trae por consecuencia que ingresen personas sin el perfil adecuado para este trabajo y que desafortunadamente ya trajo consecuencias fatales, como lo ocurrido en el hospital de Cuajimalpa, y que pudo evitarse con la capacitación adecuada y con el equipo necesario como el llamado “chaquetón”.
Este líder sindical viaja con todo lujo a Europa y Alemania de vacaciones usando comisiones y viáticos; usa camionetas de súper lujo y blindadas y la pregunta obligada es ¿de dónde sale el dinero para todo esto?
En días pasados fue infraccionado en el eje central por circular en sentido contrario y con toda prepotencia intento charolear a los agentes haciéndose pasar por integrante de la asamblea legislativa cuando ya no lo era. Para ser Constituyente pidió licencia a su cargo y aun así, de licencia, se presentó en varias ocasiones con el uniforme y las insignias, todo esto equivale a otro delito que es usurpación de puesto y funciones públicas delito que está tipificado en el código penal de la siguiente manera:
Usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias y siglas
Artículo 250. .- se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días a quien:
a).-Se atribuya el carácter del profesionista
b).- Realice actos propios de una actividad profesional, con excepción de lo previsto en el 3er. párrafo del artículo 26 de la ley reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. constitucionales…
c).- Ofrezca públicamente sus servicios como profesionista.
d).- Use un título o autorización para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello.
Pero la cosa no para ahí, este líder sindical está obligando a los bomberos a cambiar sus domicilios ante el INE con el fin de obtener votos para postularse como jefe delegacional o diputado, este es otro delito de connotación grave y que está tipificado en la:
Ley General en Materia de Delitos Electorales.
Título segundo de los delitos en materia electoral,
Capítulo reglas generales:
Artículo 4. El ministerio público, en todos los casos, procederá de oficio con el inicio de las investigaciones por los delitos previstos en esta ley.
Artículo 5. Tratándose de servidores públicos que cometan cualquiera de los delitos previstos en esta ley, se les impondrá, además de la sanción correspondiente en el tipo penal de que se trate, la inhabilitación para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público federal, local, municipal o de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del distrito federal, de dos a seis años y, en su caso, la destitución del cargo.
Artículo 6. Las penas previstas en los delitos de este título se aplicarán con independencia de la sanción establecida para los tipos penales que concurran en la comisión de los delitos previstos en esta ley.
Capítulo delitos en materia electoral:
Si la conducta especificada en el párrafo anterior es cometida por un integrante de un organismo de seguridad pública, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista en el presente artículo de igual forma, se sancionará a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político o coalición;
Artículo 11. Se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que:
En la actualidad este personaje nefasto está contendiendo por una diputación por el PRD, PAN y para no variar está azuzando a sus allegados y a gente fuera del gremio para realizar manifestaciones con uniformes, esto es un delito electoral a todas luces, ¿En dónde está el INE que no tiene ojos para los corruptos?
México está harto de esta clase de personajes que solo velan por sus intereses y en este caso se sirven del heroico cuerpo de bomberos. Todos estamos hartos de la impunidad que gozan estos personajes apadrinados, este es un grito desesperado de nuestro Heroico Cuerpo de Bomberos.
Gracias.