El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este martes el decreto de reforma constitucional que crea la Guardia Nacional, el cual entrará en vigor mañana miércoles 27 de marzo.
El documento fue aprobado por el Congreso de la Unión el pasado 28 de febrero y avalado posteriormente por los 32 congresos estatales del país.
El decreto reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 10, 16, 21, 31, 35, 36, 73, 76,78 y 89 de la Constitución Política.
Señala que la Federación contará con una institución policial civil denominada Guardia Nacional, que se constituirá con elementos de la Policía Federal, Militar y Naval, y adscrita a la secretaría del ramo de seguridad pública, que formulará la Estrategia Nacional en la materia.
Estipula que la formación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional se regirán por una doctrina policial, fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto y los derechos humanos.
Se establece un periodo de cinco años para que el Ejecutivo federal pueda disponer de las Fuerzas Armadas permanentes en tareas de seguridad pública, en tanto la nueva corporación desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial.
Asimismo, se faculta al Congreso de la Unión para expedir la Ley de la Guardia Nacional, dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto; y las leyes Nacional sobre el Uso de la Fuerza, y Nacional del Registro de Detenciones, dentro de los 90 días naturales siguientes.