El presidente Andrés Manuel López Obrador remitió hoy al Senado la ley reglamentaria de la reforma constitucional al Poder Judicial, que incluye sanciones severas en el caso de jueces y magistrados que hayan incurrido en actos de nepotismo o corrupción, que van desde el retiro temporal del cargo a la inhabilitación hasta por 20 años, el retiro y la obligación de devolver dos veces la cantidad con la que se hubieran beneficiado ilegalmente.
Jueces, magistrados y empleados que hayan aceptado sobornos o cometido otras faltas administrativas graves, tendrán la obligación de restituir los beneficios que hubieran obtenido para sí o un tercero y deberán, además, pagar una indemnización si se provocaron daños y perjuicios a la hacienda pública federal, local o municipal o al patrimonio de los entes públicos.
El servidor público estará obligado a reparar la totalidad de los daños y perjuicios causados y las personas que, en su caso, también hayan obtenido un beneficio indebido, serán solidariamente responsables.
La propuesta de reforma del presidente Andrés Manuel López Obrador incluye también sanciones para las personas públicas e incluso para las empresas que se hubieran beneficiado con actos de corrupción, a través de integrantes del Poder Judicial.
Van desde la inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos servicios u obras públicas por un periodo de hasta 10 años, la suspensión de las actividades comerciales económicas o de negocios vinculadas a la fata y hasta la disolución de la sociedad respectiva.
Para los particulares se prevé sanción económica hasta de dos tantos de los beneficios obtenidos y en caso de sólo haber participado en la falta, multas que van de mil hasta mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.Parte toral de esa reforma es establecer una nueva carrera judicial, a fin de evitar que se nombre a familiares y amigos de los juzgadores y tanto los ingresos, ascensos, promociones como la permanencia en el empleo, se realizarán a través de concursos de oposición operados por el Instituto Nacional de Formación Judicial.La iniciativa del Ejecutivo federal actualiza, además, la causal de responsabilidad administrativa en los casos de acoso y hostigamiento sexual sin que sea necesario que deba acreditarse el elemento normativo consistente en que “atente contra la dignidad” de la víctima.
Con ello, se precisa, se pretende facilitar la sanción. Asimismo, se expresan textualmente los conceptos de acosar u hostigar sexualmente dentro de la descripción de la conducta, para no dejar dudas sobre cuándo resulta sancionable un acto de esta naturaleza.Para acabar con el nepotismo, se establece como una causal de responsabilidad administrativa expresa que “quienes valiéndose de sus atribuciones directa o indirectamente designen, nombren o intervengan para que se contrate en cualquier órgano jurisdiccional o área administrativa del Poder Judicial de la Federación en que ejerza funciones a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad, afinidad hasta el cuarto grado o vínculo de matrimonio, concubinato o afectivo”.
También, se sancionará con responsabilidad administrativa los nombramientos cruzados, estableciéndose como causal atribuible a las personas que hubieran recibido un nombramiento de base, interino o de confianza y éstos extiendan nombramientos a los cónyuges, concubinos, convivientes o parejas en relaciones análogas o a parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de la persona que los nombró.La iniciativa , que prevé modificar diversas leyes, fortalecer a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como tribunal constitucional, permitiendo que enfoque sus energía únicamente en los asuntos más relevantes para el orden jurídico nacional.Para ello, los Plenos Regionales, que sustituyen a los Plenos de Circuito, tendrán a su cargo resolver las contradicciones de tesis en los circuitos sobre los que ejerzan jurisdicción, así como todos los conflictos competenciales que se susciten en el país entre los órganos jurisdiccionales.De esta forma, se precisa en la iniciativa del Ejecutivo federal, para que la Suprema Corte pueda avocarse a sus sus funciones constitucionales, “es menester que ya no conozca de controversias o trámites que involucren una mera cuestión de legalidad”.